Caso práctico
Ewa comenzó a trabajar como ayudante de almacén en un supermercado el 1 de mayo. Se acordó con ella un periodo de prueba de tres meses. El 16 de mayo, Ewa sintió un dolor de espalda muy fuerte, por lo que, en lugar de ir a trabajar, fue al servicio de urgencias del hospital. Ewa fue ingresada en el hospital. Durante su estancia en el hospital se determinó que debía ser sometida a una operación de columna y que necesitaría varios meses de rehabilitación. Esto significa que Ewa no podrá trabajar durante un largo periodo de tiempo. Le gustaría volver a Polonia y continuar el tratamiento allí para tener el apoyo de su familia. Después de llevar cuatro semanas de baja por enfermedad, recibe un preaviso de despido de su empleador con efectos a 30 de junio.
Ewa teme no poder pagar su sustento, el seguro médico ni el tratamiento. Solo lleva poco tiempo en Alemania, el trabajo en el supermercado era su primer empleo aquí y ha leído que solo se tienen derechos sociales en Alemania después de cinco años. No sabe si le corresponde algo en caso de enfermedad.
Ewa debe informar al empleador el mismo 16 de mayo de que está enferma y no puede ir a trabajar. En cuanto sepa el tiempo que probablemente estará incapacitada para trabajar, deberá informar de ello al empleador. La forma en que debe realizarse dicha notificación (por ejemplo, por teléfono o fax) está regulada de forma diferente en las empresas. Con frecuencia, está recogido de forma explícita en el contrato de trabajo, por lo que Ewa debería buscar ahí. Si en el contrato no se especifica nada al respecto, Ewa debería enviar la notificación por un método que le permita demostrar que se ha recibido, por ejemplo, al número de fax oficial o a la dirección de correo electrónico del empleador.
Ewa debe demostrar su incapacidad laboral. Para ello, recibirá del hospital un certificado de incapacidad laboral o un certificado de hospitalización, cuyo original deberá entregar a su empleador. Ewa debe hacer una copia del certificado y guardarla en sus archivos.
El empleador está obligado a seguir pagando el salario completo que Ewa habría recibido si hubiera estado sana durante las primeras 6 semanas de enfermedad (pago continuado del salario). Pero esta obligación solo nace después del primer mes de trabajo y solo se mantiene durante la vigencia del contrato de trabajo. Esto significa que su empleador solo tiene que hacerse cargo del pago continuado del salario a partir del segundo mes de empleo, es decir, a partir del 1 de junio. El contrato de Ewa dura hasta el 30 de junio, por lo que el empleador solo tendrá que pagarle el salario hasta esa fecha. Entre el 16 de mayo y el 31 de mayo, Ewa tiene derecho a recibir un subsidio por enfermedad de su seguro médico. Mientras Ewa no presente el certificado original de incapacidad laboral al empleador, este no tiene que seguir pagándole el salario. Por otro lado, si Ewa se retrasa en presentar el certificado de incapacidad laboral, esto no es motivo para denegarle el pago continuado del salario. El empleador avisó a Ewa del despido con dos semanas de antelación durante el periodo de prueba. En Alemania está permitido despedir durante una enfermedad, siempre que no sea inmoral, en ese caso sería inadmisible. Sin embargo, en este caso no hay indicios de ello.
Ewa podrá cobrar el subsidio por enfermedad mientras esté incapacitada para trabajar. El subsidio por enfermedad se paga durante un año y medio como máximo. El requisito para que Ewa pueda cobrar el subsidio por enfermedad es que su médico prolongue a tiempo la baja por enfermedad y Ewa la presente a su seguro médico. A tiempo significa que el médico de Ewa debe prolongar la baja por enfermedad a más tardar el día laborable siguiente al último día que figura en el primer certificado de incapacidad laboral. Si la primera baja por enfermedad finalizara un viernes, el certificado de seguimiento deberá expedirse el lunes. El sábado no cuenta como día laborable. No debe haber lagunas entre los certificados.
Ewa podrá cobrar el subsidio por enfermedad mientras esté incapacitada para trabajar. El subsidio por enfermedad se paga durante un año y medio como máximo. El requisito para que Ewa pueda cobrar el subsidio por enfermedad es que su médico prolongue a tiempo la baja por enfermedad y Ewa la presente a su seguro médico. A tiempo significa que el médico de Ewa debe prolongar la baja por enfermedad a más tardar el día laborable siguiente al último día que figura en el primer certificado de incapacidad laboral. Si la primera baja por enfermedad finalizara un viernes, el certificado de seguimiento deberá expedirse el lunes. El sábado no cuenta como día laborable. No debe haber lagunas entre los certificados.
Si Ewa deja pasar el plazo tras finalizar la relación laboral el 30 de junio, aún tiene un mes para ir al médico y obtener el certificado de incapacidad laboral. Esta normativa protege a Ewa para que no pierda su seguro médico.
El seguro médico debe recibir la baja por enfermedad en un plazo de siete días. Para cumplir este plazo, basta con enviar la baja al seguro médico por correo electrónico o fax. El original se debe presentar más adelante. En caso necesario, Ewa debe poder demostrar que el certificado de incapacidad laboral se recibió a tiempo. Por eso, es importante que se asegure de tener una prueba de ello, por ejemplo, el informe de transmisión del fax.
Mientras Ewa reciba el subsidio por enfermedad, seguirá estando asegurada en el seguro médico sin tener que cotizar.
Debido a la enfermedad, Ewa no tiene ingresos para vivir. El dinero que tiene seguramente no es suficiente para llevar una vida digna. En esta situación, Ewa puede tener derecho a recibir una prestación por desempleo II complementaria (ALG II).
Aunque solo estuvo empleada en Alemania durante dos meses, perdió su trabajo de forma involuntaria. Ewa debe solicitar una confirmación de desempleo involuntario en la Agencia Federal de Empleo alemana y presentarla en el centro de colocación. Por lo tanto, tiene derecho a la libre circulación durante seis meses, es decir, su estancia en Alemania es legal. Durante este tiempo puede recibir la prestación por desempleo II, siempre y cuando cumpla los requisitos para recibir esta prestación (por ejemplo, estar necesitada, no tener patrimonio). En este caso no es necesario haber residido de forma permanente en Alemania durante cinco años para recibir las prestaciones del centro de colocación.
Ewa puede solicitar el subsidio por desempleo II en el centro de colocación del distrito en el que vive. Cuando se presente, le entregarán los formularios para solicitarlo. También se pueden encontrar en el siguiente enlace:
https://con.arbeitsagentur.de/prod/apok/ct/ dam/download/documents/Antrag-ALGII_ ba015207.pdf
El centro de colocación debe tomar una decisión sobre la solicitud de Ewa, que debe comunicarse por escrito e incluir los motivos de la decisión.
Ewa puede acudir a una oficina de asesoramiento para migrantes para que le ayuden a rellenar los formularios que necesita para la solicitud. Ewa puede utilizar este buscador para encontrar la oficina de asesoramiento más cercana:
En su caso, el derecho al ALG II se limita a seis meses. Una vez transcurridos los seis meses, puede ponerse en contacto con las autoridades competentes de su país de origen y comprobar si tiene derecho a prestaciones sociales allí.
Ewa también puede volver a Polonia y recibir allí el subsidio por enfermedad de Alemania. Mientras reciba el subsidio por enfermedad, seguirá asegurada en su seguro médico, aunque ya no viva en Alemania. Ewa puede seguir el tratamiento médico y la rehabilitación en Polonia. Los certificados médicos de Polonia equivalen a los certificados expedidos en Alemania y pueden presentarse en el original al seguro médico alemán. El seguro médico no puede exigir a Ewa que traduzca los certificados de incapacidad laboral. El seguro médico es quien debe traducirlos a su cargo.
¡Atención! El plazo de siete días a partir de la fecha de expedición debe respetarse incluso si el certificado de incapacidad laboral se presenta desde el extranjero. Cualquier retraso, aunque se deba al correo, es en perjuicio de Ewa. Para que Ewa pueda aprovechar el tratamiento médico completo en Polonia, su tarjeta sanitaria europea no es suficiente.
Ewa debe solicitar el formulario S1 (antiguo formulario 106) a su seguro médico antes de marcharse. Esto aumenta la cobertura del seguro y le permite recibir el tratamiento médico en Polonia como si estuviera asegurada allí.
Antes de marcharse, Ewa no debe olvidarse de solicitar a su seguro médico el permiso para recibir prestaciones por enfermedad en el extranjero. Desde el punto de vista jurídico, no está claro si los ciudadanos de la Unión Europea están obligados a hacerlo. Por eso, para evitar posibles dificultades y retrasos en el cobro de la prestación, es aconsejable que Ewa presente la solicitud en la que explique los motivos.
Ewa encontrará un ejemplo de este tipo de solicitud en el anexo XVI. PDF, 256 KB, no sin barreras
Si no reside en Alemania, Ewa no tiene derecho al subsidio por desempleo II. Esta prestación no se puede transferir al extranjero.